¿Cuándo no es válido un bautismo?
El Vaticano negó la validez de la formula “nosotros (…) te bautizamos en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo“
El Vaticano negó la validez de la fórmula empleada en algunas celebraciones del Sacramento del Bautismo administrado con las palabras: “Nosotros, el padre y la madre, el padrino y la madrina, los abuelos, los familiares, los amigos, la comunidad, te bautizamos en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo”.
Afirmó también que el sacerdote “carece de autoridad para disponer a su gusto de la fórmula sacramental”, aseverando que la misma está delimitada.
En una respuesta de la Congregación para la Doctrina de la Fe, del 24 de junio de 2020, se establece que el Bautismo conferido con esa fórmula no es válido y que las personas para las cuales se ha celebrado el Bautismo con esa fórmula deben ser bautizadas en forma absoluta.
Según señalan, la única fórmula válida en el Sacramento del Bautismo en la Iglesia latina es la que va acompañada de las palabras “Yo te bautizo en el nombre del Padre, y del Hijo y del Espíritu Santo”, después de pronunciar el nombre del catecúmeno.
La respuesta de la Congregación para la Doctrina de la Fe está acompañada de una nota doctrinal en la que se explica que la modificación de esta fórmula “se ha introducido para subrayar el valor comunitario del Bautismo, para expresar la participación de la familia y de los presentes y para evitar la idea de la concentración de un poder sagrado en el sacerdote, en detrimento de los progenitores y de la comunidad”.
En ese sentido, se recuerda que “cuando alguien bautiza, es Cristo quien bautiza”. En la Sacrosanctum Concilium se establece también que “nadie, aunque sea sacerdote, añada, quite o cambie cosa alguna por iniciativa propia en la Liturgia”.
Por ello, se afirma en la nota doctrinal, “modificar al propio arbitrio la forma celebrativa de un sacramento no constituye un simple abuso litúrgico, en cuanto transgresión de una norma positiva, sino también un vulnus (una ofensa) infligido tanto a la comunión eclesial como a la posibilidad de reconocer en ella la obra de Cristo, que en los casos más graves hace inválido el sacramento mismo”.
“Cuando el ministro dice ‘Yo te bautizo…’, no habla como un funcionario que ejerce un papel que se le ha asignado, sino que opera ministerialmente como signo-presencia de Cristo, que actúa en su Cuerpo”, enfatizaron.
Sobre la pretensión de subrayar la importancia de la comunidad mediante la modificación de la fórmula del Bautismo, en la nota se indica que “en la celebración de los sacramentos, en efecto, el sujeto es la Iglesia-Cuerpo de Cristo junto con su Cabeza, que se manifiesta en la concreta asamblea reunida”.
Pero, al mismo tiempo, se recuerda que la asamblea “actúa ministerialmente, no colegialmente, porque ningún grupo puede hacerse a sí mismo Iglesia, sino que se hace Iglesia en virtud de una llamada, que no puede surgir desde dentro de la asamblea misma”.
